El Ayuntamiento de Viveiro pone el foco en la ordenanza de Convivencia, Limpieza y Residuos

AMariñaXa
Recuerda aspectos importantes y sanciones a evitar, especialmente por los establecimientos comerciales
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8 Jan 2025

La Tenencia de Alcaldía de Viveiro pone el foco en la importancia de cumplir con la Ordenanza Municipal Reguladora de la Convivencia, Limpieza y Residuos e informa a la ciudadanía al respecto. Uno de los puntos más destacados es el relativo a los establecimientos comerciales, señalando que aquellos que cuenten con terraza están obligados a mantener limpia la vía pública afectada, limpiarla al final de cada día y disponer de papeleras y ceniceros.

Además, se recuerda que no está permitido arrojar al suelo colillas, cáscaras, papeles, chicles, envoltorios o cualquier otro desperdicio, que deberán depositarse en los contenedores instalados para tal fin.

En este sentido, también se indica que la Ordenanza Municipal de Instalación de Terrazas y Veladores establece que, al finalizar el horario de funcionamiento, el mobiliario, salvo autorización expresa, deberá ser retirado o apilado en la menor superficie posible, causando el menor impacto visual y evitando molestias al tránsito peatonal y al servicio de limpieza.

La ordenanza de Convivencia, Limpieza y Residuos también aborda la cuestión de la separación de residuos. Por un lado, se señala que el vidrio deberá depositarse entre las 20.00 y las 22.00 horas, mientras que los envases, el papel y el cartón podrán depositarse a cualquier hora. En el caso de los restos orgánicos y de la fracción resto, en verano será después de las 21.00 horas, y el resto del año, a partir de las 20.00 horas.

En cuanto a las sanciones contempladas en la ordenanza, estas se clasifican en leves, con multas de entre 50 euros y 750 euros; graves, de entre 751 euros y 1.500 euros; y muy graves, de entre 1.501 euros y 3.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Entre los motivos de sanción se incluye no mantener limpia la superficie de la vía pública ocupada por veladores o sillas de terrazas de cafés, bares, restaurantes y establecimientos similares. También se prohíbe el almacenamiento de materiales o productos de cualquier tipo en la vía pública. En el caso de terrazas en la vía pública, se estará a lo dispuesto en la ordenanza municipal correspondiente.

Será también motivo de infracción depositar residuos en los contenedores situados en la vía pública fuera de los horarios establecidos, o depositar los residuos sin bolsa o sin realizar la separación de fracciones para la recogida selectiva. Tampoco se permite verter residuos líquidos o susceptibles de licuarse, manipular contenedores o desplazarlos fuera de sus ubicaciones, ni arrojar a la vía pública residuos como colillas, papeles, chicles, envoltorios o cualquier otro desperdicio similar.

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